La Audiencia Estatal de Madrid ha dictado resolución que permite a la mujer continuar un tratamiento de fertilización in vitro con el esperma de su marido, aunque ya han pasado 12 meses desde la muerte de la víctima del tumor.
Así termina el periplo legal de una mujer que primero tuvo que luchar en su país de residencia, Alemania, para poder traer material genético de tu pareja a España ¿dónde? fertilización post mortem y luego incapaz de continuar el tratamiento después de la primera concepción fallida debido a Limitación temporal establecida por la ley española.
Según informa la asesoría jurídica implicada en el caso, el núcleo de este proceso civil es el artículo 9.2 de la Ley de Reproducción Humana Asistida, que establece que antes de morir, el marido puede dar su consentimiento «para que se le entregue su material reproductivo». puede utilizarse para embarazar a una mujer dentro de los 12 meses siguientes a su muerte», y que «dicha descendencia creará las consecuencias jurídicas que se derivan de la afiliación conyugal».
El coche representa la historia de una pareja italiana y residente. Hamburgo.
En el otoño de 2018, al hombre le diagnosticaron un tumor cerebral y, antes de la radioterapia, la pareja decidió: criopreservar varias muestras de esperma en la clinica.
Dado que su estado ha empeorado y que la fecundación in vitro post mortem no es posible en Alemania, a principios de diciembre de 2020 solicitaron el traslado del material germinal a un centro español con el que firmaron un nuevo contrato.
El hombre falleció días después, el 16 de diciembre de 2020, y la batalla legal de la mujer comenzó porque la clínica alemana se había negado inicialmente a entregarle el material genético. Los espermatozoides finalmente llegaron a la clínica española el 7 de diciembre de 2021, y el día 15 de doce meses se realizó una transferencia embrionaria a la mujer que: aborté en enero.
El Juzgado de Primera Instancia de Madrid dictó sentencia rechazando su solicitud para volver a intentarlopero un tribunal civil estatal le dio la razón y rechazó una interpretación de la ley que era «dura, alejada de la realidad médica y ajena al objetivo de la pareja».
Tras recordar que en la clínica alemana casi se había agotado el plazo de 12 meses tras la muerte del hombre y que aún quedaban muestras de semen, el tribunal subrayó que el procedimiento se había iniciado dentro del plazo legal y argumentó que “los nuevos intentos de utilizar dicho material a obtener. los preembriones no son más que una continuación, algo que forma parte del mismo proceso, y por tanto debe ser autorizado hasta que se agote el material anterior«.
En su opinión, prohibirla creará una situación «paradójica, pero sobre todo injusta» para la pareja, porque una mujer puede tener un hijo mediante fecundación in vitro «sólo si ha recurrido al material genético de un tercero anónimo (donado) , pero no del que era su socio.»
Además de los documentos aportados, el Tribunal destaca los testimonios «absolutamente fiables» de los padres y de la única hermana del hombre. confirmó su voluntadpor lo que no se esperan conflictos sucesorios.